miércoles, 19 de enero de 2011

LA CUESTIÓN DE FONDO

 “Una democracia sin principios se convierte con facilidad en un totalitarismo visible o encubierto…” Puedo adivinar un general asentimiento de los lectores ante esta afirmación de Juan Pablo II. Sin embargo, la cuestión no debe ser tan obvia cuando el evitar que se “violenten radicalmente los principios en los que se configura nuestra convivencia” es lo que al parecer impulsa a alguien tan aparentemente sensato como el señor Jáuregui, a la sazón ministro de la Presidencia, a anunciar, en un alarde de totalitarismo, un nuevo Consejo destinado a censurar los programas televisivos.
Se escandaliza el señor ministro porque personajes de “dudoso mérito” puedan convertirse en ejemplos para la sociedad, mas, si como es tristemente evidente, no es el mérito requisito necesario para ocupar un escaño o malgastar el dinero de los contribuyentes, ¿por qué ha de serlo para vociferar en un plató de televisión?
Pero la cuestión de fondo no es ésa. Lo que aquí subyace es un afán perverso de silenciar ciertos contenidos televisivos que manifiestan, acertadamente o no, su desacuerdo con las políticas del Gobierno. Es un ejemplo más de actuación sectaria que, apelando a los principios, pretende imponer un pensamiento único pisoteando algo tan inherente al ser humano como la libertad.

Serafín Alcázar Cuesta

martes, 11 de enero de 2011

Zapatero no repetirá como candidato en las próximas Generales


¿Qué en qué me baso para afirmarlo? Pues en que el político más electoralista y populista de Europa está tomando, aunque sea a pescozones, medidas, si bien necesarias, ciertamente impopulares, que le van a costar perder el apoyo de buena parte de un electorado que tiene que aguantar una y otra vez en los bares eso de “ahora no os quejéis, que tenemos el padre que habéis elegido”.
Pero, ¿por qué las toma? Pues porque lo que ahora aterroriza al señor Rodríguez Zapatero es el juicio que de él puedan hacer los libros de Historia, el salir a la calle y sentir la mirada impotente e inquisitiva de sus otrora votantes, a los que ha obligado a algo peor que soportar las penurias de la crisis, esto es: a reconocer diez, quince, veinte años de convicciones equivocadas y a comprender que, definitivamente, socialismo no es libertad.

Serafín Alcázar Cuesta

lunes, 10 de enero de 2011

PARRILLA DE SALIDA. 15 F

El Banco de España advirtió el pasado mes de diciembre que cuatro de cada diez parados viven en un hogar sin ingresos. Esto supone que el 8% de la población activa, casi dos millones de personas, no cuenta con ningún tipo de ingresos. Su situación doméstica empeorará tras la supresión, a partir del próximo 15 de febrero, de la ayuda de 426 euros para parados que agotaron todas sus prestaciones. Los sindicatos han lanzado algún titular en la prensa protestando por la medida, pero poco más se ha visto. Cáritas reconoció recientemente que la crisis ha duplicado el número de personas que recibieron su asistencia básica, pasando de las 400.000 personas en 2007 a las 800.000 en 2009, un fenómeno que sigue una “tendencia creciente”. Otra de las más importantes instituciones de caridad, Cruz Roja Española, atendió a 1,5 millones de personas en 2010, un 83% más que en 2008. De ellos, cerca de 845.000 contaron con “apoyo específico”, más de 670.000 recibieron comida y 113.000 fueron beneficiarios de distintas prestaciones “para que su situación no empeore”. El 40% de los que viven por debajo del umbral de la pobreza –menos de 640 euros al mes– tienen hijos a su cargo.
Con más de cuatro millones de parados, ni la huelga general del 29 de septiembre fue capaz de levantar una protesta sólida. Son los nuevos pobres, pobres sin malestar.
Antecedentes similares a nuestra situación la tenemos en La Gran Depresión de los años 30 que avivó el fascismo en Europa, lo que desembocaría en la Segunda Guerra Mundial, que acabó con la vida de 50 millones de personas. La actual coyuntura, a pesar de ser la más complicada desde la debacle de Wall Street, se ha desarrollado con mucha mayor tranquilidad en el ámbito de la conflictividad social y de la política. Y el Estado de Bienestar tiene mucho que ver con eso.
La razón principal, aparte de la gran dimensión de la economía sumergida en España, es la protección social y económica de la que disfrutan millones de españoles que, pese a quedarse en paro, mantienen una compensación que les ayuda a seguir tirando por un tiempo, al menos el suficiente para encontrar unos ingresos adicionales que les permitan financiar sus gastos imprescindibles.
¿Qúe pasará el día 16 de febrero? Nadie lo sabe pero podemos intuirlo.

domingo, 9 de enero de 2011

La Tribuna de Ciudad Real, 9 de enero de 2011 INTERRUPCIÓN VOLUNTARIA DEL EMBARAZO Y EDAD


La lectura de un artículo sobre la “mayoría de edad sanitaria” publicado por el catedrático de Medicina Interna Pérez Miranda me sugiere el siguiente razonamiento:

Puesto que:
1º El artículo 12 de la CE sitúa la mayoría de edad en los 18 años, y de igual modo lo hace nuestro Código Civil en su artículo 154.
2º El artículo 96 de nuestra Norma fundamental otorga a los tratados internacionales válidamente celebrados la calificación de ordenamiento interno, pudiendo sus disposiciones verse afectadas sólo en la forma prevista en los propios tratados.
3º La “Convención sobre los Derechos del Niño”, tratado refrendado por España, entiende por niño “todo ser humano (nacido o no nacido) menor de dieciocho años de edad, salvo que, en virtud de la ley que le sea aplicable, haya alcanzado antes la mayoría de edad”, esto es: la emancipación. Asimismo afirma que “el niño…necesita…la debida protección legal, tanto antes como después del nacimiento.”
4º La emancipación es un status jurídico que se alcanza bien por concesión paterna, bien por concesión judicial, bien por matrimonio o bien por vida independiente, y siempre en los términos que el CC establece.
5º El “Convenio sobre los Derechos Humanos y la Biomedicina”, que también ha ratificado España, afirma que “cuando, según la ley, un menor no tenga capacidad para expresar su consentimiento para una intervención (por ser menor no emancipado), ésta sólo podrá efectuarse con autorización de su representante.
6º El artículo 12 de la llamada “Ley del aborto” afirma: “Se garantiza el acceso a la interrupción voluntaria del embarazo…”
7º El artículo 13 de la misma ley afirma: “En el caso de las mujeres de 16 y 17 años, el consentimiento para la interrupción voluntaria del embarazo les corresponde exclusivamente a ellas de acuerdo con el régimen general aplicable a las mujeres mayores de edad”, exigiendo previamente como requisito “que se practique por un médico especialista o bajo su dirección.”

Colijo que:
1º La llamada “Ley del aborto” contraviene la “Convención de los Derechos del Niño” nacido y no nacido, pues otorga condición de mujer adulta a las niñas de 16 y 17 años y no sólo olvida, sino que atenta contra la protección legal del no nacido.
2º Dado el indiscutible carácter de intervención que un aborto tiene, cuyo tácito reconocimiento se encuentra en el requisito de la intervención médica que la ley abortista exige, es evidente que dicha ley contraviene el “Convenio sobre los Derechos Humanos y la Biomedicina”.
3º La “Ley del aborto” obvia por completo nuestro CC en lo que a la mayoría de edad y la emancipación se refiere.
4º Sin entrar en disquisiciones sobre si el derecho a la vida que la CE defiende en su artículo 15 afecta o no al no nacido, es evidente que la “Ley del aborto” es inconstitucional por contravenir el artículo 96 de nuestra Ley de leyes.  

Serafín Alcázar Cuesta